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Provincialización del chaco.
La incorporación del Chaco a la vida institucional de la República como estado federal autónomo y en igualdad de derechos políticos con el resto de las provincias que integran la Nación, es uno de los hechos más significativos de nuestra historia.
Iniciada la ocupación militar del Chaco y ya en marcha el proceso de la colonización agrícola, la ley 1532 sancionada por el congreso en octubre de 1884 fue el estatuto orgánico de los territorios nacionales. Ella previó en su artículo 4°que toda gobernación que alcanzase una población de setenta mil habitantes, tenía derecho a ser declarada provincia argentina. También dicha ley preveía el funcionamiento de una legislatura en aquellas gobernaciones que superasen los 30.000 habitantes (Art. 46° a 59°). Pero en los hechos, estos preceptos legales nunca se cumplieron y los territorianos permanecieron por muchos años al margen del ejército de los derechos políticos, del cual gozaban los habitantes de las provincias.
En esta situación de minoridad y la mala administración de los territorios por hombres que, con pocas excepciones no expresaban los intereses y anhelos de la población, determinó en el Chaco el surgimiento de diversos movimientos cívicos en defensa de los derechos territoriales y en favor de la provincialización. Pese a los movimientos y reclamos que se plantearon a nivel del gobierno nacional y a los diversos proyectos en favor de la representación parlamentaria de los territorios y de su provincialización, se elaboraron en el Congreso Nacional, especialmente durante la presidencia de Hipólito Yrigoyen en 1919, los territorios nacionales continuaron en la misma situación.
Los territorios nacionales debían lograr su autonomía en virtud de su potencial demográfico, económico y cultural, se fue abriendo a paso lento pero seguro en el círculo dirigente. En 1946, cuando se inicio el primer gobierno constitucional del Gral. Perón, se presentaron en el Congreso Nacional varios proyectos de provincialización de la Pampa, Chaco, Misiones, Rio Negro y Chubut, fundamentados en la necesidad de consolidar el federalismo y dotar a las nuevas entidades político-administrativas de los poderes que la constitución reconocía al resto de las provincias.
En 1951 se organizó en Resistencia una delegación de obreros pertenecientes a la Confederación General del Trabajo, la cual entrevistó en Buenos Aires al Presidente Perón y a su esposa Eva Duarte de Perón a fin de solicitarles su interminación para agilizar el tratamiento parlamentario de tan importante cuestión. El senado comenzó el inmediato tratamiento del proyecto de privincialización y lo aprobó el 5 de julio, pasándolo a la Cámara de Diputados donde se lo discutió en las sesiones del 19 y 20 del mismo mes, fecha esta última en que fue aprobado y convertido en Ley N° 14.037. El presidente Perón la promulgó el 8 de agosto de 1951.
En el chaco, la convención constituyente sanciono la Carta Constitucional el 21de diciembre de 1951, la cual adoptó el nombre de “Presidente Perón” para la provincia y fijó su capital en Resistencia. La revolución de 1955 que derrocó al gobierno constitucional de Juan Domingo Perón, derogó la Reforma Constitucional de 1949, anuló las constituciones provinciales y también el nombre impuesto a nuestra provincia, la que volvió a denominarse con su primitivo nombre. Estos hechos que forman parte de las sucesivas interrupciones al orden constitucional que caracterizaron a nuestra historia política nacional, no lograron detener el irreversible proceso de incorporación efectiva del Chaco a la vida institucional de la Nación con pleno uso de sus facultades federativas.